TIEMPO EN ALTO PARANÁ

Condenan a un túa irresponsable que incumplió prestación alimentaria

El tribunal presidido por Evangelina Villalba y conformado por Lourdes Morínigo y Óscar Genez dictó la condena contra el túa ñembota.

Un hombre fue sentenciado aipo por incumplimiento del deber legal alimentario, en un juicio oral y público que se llevó a cabo en el Poder Judicial de Ciudad del Este. El mismo está identificado con las iniciales P.C.G., quien recibió una sanción penal de 2 años con suspensión a prueba de la ejecución de la condena.

Según umi antecedentes, el sindicado estaba obligado al pago mensual de 400.000 guaraníes a favor de su hija menor, en concepto de asistencia alimentaria, conforme he’i la Sentencia Definitiva Nª 510, de fecha 7 de julio de 2014, del Juzgado de la Niñez y Adolescencia.

Upéi, mediante la sentencia definitiva nº 688, de fecha 7 de octubre de 2015, el Juzgado en cuestión homologó el acuerdo entre las partes, por lo que se aumentó la prestación a 456.000 guaraníes.

El monto debía depositarse por mes adelantado en una cuenta judicial del Banco Nacional de Fomento (BNF). Pero el encausado oñembota y no cumplió a cabalidad con las resoluciones judiciales. Un informe de la entidad bancaria omombe’u que el túa depositó la suma de 23.881.000 guaraníes, arrojando un faltante de 13.055.000.

Por ello, tras la denuncia, la Fiscalía abrió un proceso penal en su contra y finalmente propició su condena de 2 años con suspensión. La condena fue dictada por los jueces Evangelina Villalba, Óscar Genez y Lourdes Morínigo, quienes integraron el tribunal de sentencia.

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