TIEMPO EN ALTO PARANÁ

Ligó 15 años de condena por abusar ndaje de una mitakuña de 13 años

El tribunal de sentencia que dictó la condena estuvo presidido por Serafín González y conformado por Fabio Aguilar y Vitalia Duarte.

Un tipo ligó ayer 15 años de pena privativa de libertad por haber abusado sexualmente de una mitakuña’i de 13 años, hecho que ocurrió kuri en marzo de 2019, según los antecedentes kuéra. El juicio oral y público se desarrolló en el Poder Judicial de Ciudad del Este, tras largas deliberaciones.

El sentenciado está identificado como Luis Alberto Acosta (34), quien se encuentra recluido en la Penitenciaría Regional de Ciudad del Este. La sentencia fue dictada por los jueces Serafín González, Fabio Aguilar y Vitalia Duarte, quienes integraron el Tribunal. A su vez, karai fiscal Edgar Torales representó al Ministerio Público.

Según antecedentes, el hecho oiko el 14 de marzo de 2019, a las 16:00 aproximadamente, en una vivienda situada en el kilómetro 16 Acaray del distrito de Minga Guazú.  Aquella vez, Alberto Acosta como de costumbre -por ser amigo de confianza de la madre- había llegado al lugar. Aprovechó que la dueña de casa y mamá de la víctima estaba haciendo noni en su habitación, tras consumir su medicina por cuestiones de salud, para someter sexualmente a la pequeña.

Dicha escena fue presenciada por el hermanito menor de la afectada, quien derechito se fue a contar lo sucedido a la madre, y ésta comenzó a indagar a su hija, queriendo sacar alguna información. La menor inicialmente negó lo ocurrido, pero no hubo caso, terminó confesando que mantenía relaciones con el sujeto desde un tiempo atrás, específicamente en tres ocasiones hicieron ku otro.

Upei la doña radicó la denuncia formal contra el abusador y la médica forense, Dra. Raquel Cáceres, determinó la existencia de lesiones, desgarro e inflamación reciente en la víctima, quien ndaje fue persuadida a mantener relaciones sexuales con el ñato. Sin embargo, conforme con la legislación vigente en nuestro país, su conducta no se justifica, dado que una menor no puede asumir la autonomía sexual.

Upea he’isé que un hombre mayor no puede por nada del mundo voi mantener relaciones sexuales con una niña menor de 14 años, ya que eso constituye abuso sexual en niños y la expectativa de pena es muy alta, según he’i los leguleyos umía.

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