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Aprueban cambiar ordenanza para que “Kelembu” habilite su estación de servicio

La Junta Municipal de Ciudad del Este aprobó modificar la ordenanza para permitir la habilitación de estaciones de servicio a solamente 300 metros de otra gasolinera, cuando se exigen 1.000 metros en la normativa vigente. Funcionarios del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sustentable (MADES) acudieron a la Junta recientemente y advirtieron de la peligrosidad de no tener en cuenta factores ambientales y peligrosidad al decidir sobre las ordenanzas. La aprobación se dio para que el concejal Celso “Kelembu” Miranda pueda habilitar una estación de servicio sobre la supercarretera, en el barrio Santa Ana, a pocos metros de otro surtidor.


Celso Miranda, concejal.

El dictamen fue sobre la minuta presentada por los concejales Celso Miranda, María Portillo (PLRA), Miguel Coronel (ANR) y Perla Rodríguez de Cabral (ANR), el pasado 4 de febrero. El mismo se trató ayer durante la sesión ordinaria y fue aprobado por la mayoría presente, sin ningún voto en contra ni mínimo debate, pese a que hablaba de una nueva normativa para habilitar surtidores, sin tener en cuenta los factores de peligrosidad y salubridad.

La comisión de legislación y de infraestructura y servicios públicos dio un dictamen favorable a la propuesta mencionada, en el que “solicita la modificación de la ordenanza 16/16 JM, en su artículo primero, recomendando que la misma quede establecida de la siguiente forma: artículo 1, derogar completamente la ordenanza número 024/ 2013, quedando vigente el artículo segundo de la ordenanza número 29/2003, que regula las estaciones de servicio de gasolinera, y es como sigue: INC, en lo que no podrá instalar de una a otra por al menos 300 metros lineales dentro del municipio de Ciudad del Este, ya sea estaciones de servicio, puesto de servicio o gasolineras. Asimismo, no podrán estar ubicadas en menor distancia de 300 metros”.

También apunta que debe estar a 100 metros de centros de aglomeraciones de personas. Al alegar que disponer la distancia de 1.000 metros, “nada que tiene que ver con la seguridad.”

La iniciativa provino de Miranda, porque este pretende habilitar una gasolinera a metros de otra, en inmediaciones del Cuerpo de Bomberos del km 4, sobre la supercarretera.

PELIGRO

Funcionarios del MADES se habían presentado en la Junta el pasado noviembre para advertir sobre la peligrosidad y salubridad que representa la falta de respeto a las normas ambientales en la habilitación a surtidores. Los profesionales Lourdes Bogado y Alicia Benítez buscaron que este ministerio y la Junta Municipal unifiquen criterios, para así ya no otorgar habilitaciones a estaciones de servicio, sin preservar la seguridad y salubridad de la población.

La directora de ordenamiento ambiental, Lourdes Bogado, explicó que uno de los peligros de incumplir las leyes es la contaminación de acuíferos. “Se comprobó la contaminación del acuífero Patiño, en el departamento Central. Se tomaron muestras de pozos y se encontró MBTE, que es una sustancia química que se encuentra en el combustible, que daña al ser humano, y el consumo del agua de pozos contaminados puede causar enfermedades y llevar a la muerte”, refirió.

Acotó que la distancia entre una estación de servicio y otra, en zonas urbanas, debe ser de 1.000 metros. En tanto, de una estación de servicio a zonas de aglomeración de personas debe ser de 100 metros, al menos. Mientras que en la zona rural, la distancia debe ser de más de 1.000 metros. Igualmente, una gasolinera no puede estar a menos de 100 metros de ductos de agua.

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