TIEMPO EN ALTO PARANÁ

Tribunal de Apelación desestima recurso y ratifica inocencia del intendente Cano

Nelson Cano, intendente de Hernandarias.

El Tribunal de Apelación en lo penal, especializado en delitos económicos y crimen organizado, primera sala, dictó el auto interlocutorio n° 57, a través del cual resolvió no admitir el recurso de apelación presentado por los concejales de Hernandarias, Nilda Venialgo de Serafini y Germán Ibarrola Ozuna, en el marco del caso “Emiliano Nelson Cano Ozuna s/ Lesión de Confianza (Ley N° 6379)”. Los ediles acusaban al intendente Cano de lesión de confianza, asociación criminal y cohecho pasivo, en relación a la adquisición de un inmueble perteneciente a la secta Dios de Paraguay. El caso ya había sido desestimado en primera instancia por falta de pruebas que sustenten la acusación.

El recurso fue planteado contra la resolución del juez penal de garantías especializado en delitos económicos, Humberto Otazú, quien había concedido la desestimación de la denuncia presentada contra el jefe comunal. El tribunal de apelación fundamentó su decisión en la falta de legitimación activa de los concejales, recordando que no actuaron en representación de la Junta Municipal, sino a título personal.

En su fallo, el tribunal destacó que, conforme al artículo 68, inciso 5, del Código Procesal Penal, el derecho de impugnar corresponde a la víctima. Sin embargo, en este caso, la víctima es la persona jurídica, es decir, la Municipalidad de Hernandarias, y no los concejales de manera individual. Por tal motivo, el recurso de apelación fue declarado inadmisible y el caso archivado conforme a las disposiciones vigentes.

INVESTIGACIÓN CONFIRMÓ INEXISTENCIA DE DELITO

La denuncia que originó el proceso había sido presentada en su momento por los concejales Venialgo e Ibarrola, quienes acusaban al intendente Cano de lesión de confianza, asociación criminal y cohecho pasivo, en relación con la adquisición de un inmueble perteneciente a la secta Dios de Paraguay.

Resolución por la cual el Tribunal de Apelación penal desestima el recurso de apelación presentado por los concejales Nilda Venialgo y Germán Ibarrola.

Sin embargo, tras dos años de investigación, el agente fiscal de delitos económicos y anticorrupción, Leonardi Guerrero, concluyó que no existieron irregularidades en la operación. El fiscal determinó que los pagos realizados en el proceso de compra respetaron los procedimientos establecidos y preservaron los intereses municipales. Inclusive se logró la inscripción a nombre de la comuna de 1.077 metros cuadrados de terreno mediante un acuerdo conciliatorio que saldó la deuda por 3.900 millones de guaraníes, monto inferior al inicialmente reclamado, cerrando así varios juicios pendientes.

La falta de pruebas contundentes llevó al Ministerio Público a solicitar la desestimación de la denuncia, la cual fue acogida por el juzgado penal de garantías en diciembre de 2024, y ahora ratificada por el Tribunal de Apelación.

DENUNCIA SIN SUSTENTO Y MOTIVACIÓN POLÍTICA

La resolución del tribunal deja en evidencia no solo la inocencia del intendente Nelson Cano en los hechos investigados, sino también la mala intención de los concejales denunciantes, quienes habrían utilizado la denuncia como una estrategia política para desacreditar la gestión municipal.

Allegados al intendente señalan que la presentación de la denuncia fue un intento extorsivo y una maniobra para desviar la atención sobre la deficiente labor de los concejales en la Junta Municipal. La reciente decisión judicial reafirma que las denuncias carecían de sustento jurídico y evidencia la utilización de instrumentos legales con fines meramente políticos. Con esta resolución, Nelson Cano reafirma su inocencia en el caso, y queda demostrado que las acusaciones en su contra fueron infundadas y sin base fáctica.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

TIEMPO EN ALTO PARANÁ

COTIZACIÓN DEL DÓLAR

USD1
Estados Unidos Dólar. USA
=
7.766,30
PYG –0,37%
0,96
EUR 0,00%
6,09
BRL 0,00%
1.017,90
ARS –0,39%
44,42
UYU 0,00%