
El juez penal de garantías interino de la ciudad de Santa Rita, Adalberto Soto, admitió la querella adhesiva presentada por el INTN contra el abogado Walter Ramón Acosta, recluido en la Dirección de Policía por una serie de agresiones a cuatro funcionarios que realizaban trabajos de inspección en gasolineras de la zona sur de Alto Paraná. La presentación fue firmada por los abogados Jorge Samudio y Lourdes Ibarrola.
El leguleyo, inicialmente favorecido por los camaristas penales de la primera sala, Raúl Insaurralde, Efrén Giménez y Marta Acosta, quienes lo eximieron de la detención preventiva ordenada por el juez de garantías Bernardo Silva en el caso de la golpiza sufrida por funcionarios del departamento del Instituto Nacional de Tecnología, Metrología y Normalización (INTN), ve aún más complicada su situación jurídica atendiendo las diligencias a ser requeridas.
Dentro del proceso, los querellantes deberán compaginar con la agente fiscal Rocío González el direccionamiento a las diligencias investigativas. Con la admisión, ya fueron agregadas al expediente judicial las documentales previamente autenticadas.
FUNCIONARIOS INTIMIDADOS
La ingeniera Lourdes Sosa Cuevas, principal víctima de la violencia aplicada por el abogado Acosta contra su humanidad, dijo que ante las intimidaciones, recordó a éste que no podía tocar a los funcionarios públicos inmersos en una función específica y con orden de trabajo específico proveniente del INTN. Sin embargo, de las agresiones verbales, el sujeto hoy con prisión preventiva abofeteó a la jefa del grupo.
En cuanto a la cuestión jurídica que respalda la solicitud a los propietarios de la estación de servicios “Tres Fronteras”, primeramente se señala que los controles efectuados como parte de su ámbito de gestión lo hacen por expresa habilitación y con mandato del INTN, que los habilita a visitar, inspeccionar, catalogar y asentar conformidades e irregularidades detectadas en los actos de fiscalización.
Los funcionarios autorizados hicieron constar en su acta de procedimiento que detectaron irregularidades en tres picos expendedores de nafta tipo “súper”, cuyos resultados se hallaban fuera de los límites de tolerancia legal, lo cual implicaba una multa para el propietario de la firma intervenida.
La presentación hace referencia igualmente a las pruebas manifiestas generadas en las cámaras de circuito cerrado del establecimiento, a las que recurrirán para impulsar la causa y ayudar a la Fiscalía en la búsqueda de la verdad.