
Por las derivaciones de la mala aplicación del artículo 249 del Código Procesal Penal, el abogado Mauro Barreto dijo ayer que todos los poderes del Estado pueden recurrir ante la insidiosa resolución que eximía al abogado Walter Ramón Acosta. El leguleyo golpeador se encuentra aún en la Dirección de Policía por disposición del juez Bernardo Silva, de la ciudad de Santa Rita, que ordenó su prisión preventiva.
Los camaristas Raúl Insaurralde, Marta Acosta y Efrén Giménez fueron formalmente acusados ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por mal desempeño en sus funciones, por eximir al abogado Walter Acosta en la causa por coacción, coacción grave y resistencia, ocurridos el 18 de marzo pasado en la estación de servicios “Tres Fronteras” de Tavapy, en perjuicio de Lourdes Sosa, funcionaria del INTN.
Otros tres compañeros de la fiscalizadora fueron también agredidos por el violento abogado que intentó explicar su versión de los hechos y se embarró aún más.
FUERTE TUFO A DINERO
Para el abogado Mauro Barreto, la resolución del Tribunal de Alzada tiene un fuerte tinte económico: “Corrió mucho dinero”, remarcó al señalar que el decisorio no cuenta con sustento jurídico. Tampoco se descarta una intervención política generada a partir del abogado Blas Pereira, cercano del vicepresidente de la República. Hasta la ministra de Corte Suprema, Carolina Llanes, se pronunció desconcertada y acusó de ignorantes a los tres.
QUERELLA ADHESIVA
Ayer, la dirección general del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN), a través de sus asesores jurídicos, presentó querella adhesiva en el caso contra el abogado Walter Acosta, de manera a tomar intervención y sugerir diligencias investigativas. Acusan de irregular la intervención de la Cámara de Apelaciones, al revocar el auto interlocutorio del juez Bernardo Silva, que eximía de la detención al abogado golpeador.
La actuación fue completamente antijurídica y hace incurrir a los magistrados en mal desempeño en sus funciones, que podría derivar en la destitución de sus respectivos cargos. Mostraron manifiesta parcialidad o ignorancia de las leyes reveladas en juicio, según la acusación formal del procurador, Marco Aurelio González.
Las transgresiones denotan el manifiesto desconocimiento de la ley, permitiendo que un sujeto de derecho declarado rebelde pueda litigar sin someterse a la justicia.