
En sesión extraordinaria, la Cámara de Diputados sancionó el proyecto de ley “Por el cual se reglamenta el rol supervisor del Estado a las entidades de jubilaciones y pensiones, en cumplimiento del artículo 95 de la Constitución de la República”.
Con 42 votos a favor, el proyecto fue sancionado y se dispuso su remisión al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.
En la Cámara Alta, el documento sufrió modificaciones, específicamente en el artículo 31, en donde se estableció, claramente, que “ningún funcionario estará exento de responsabilidad, por su acción u omisión en el desempeño de sus funciones”.
También sufrió modificaciones el artículo 27, en donde se agregó el siguiente párrafo: “EL IPS no concederá préstamos al Estado ni a entes descentralizados y municipalidades, de igual forma no podrá instrumentar operaciones con bonos u otro tipo de deudas emitidas por el Estado paraguayo”.
Se establece que la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones dependa del Banco Central del Paraguay, como un órgano técnico, regulador y supervisor del sistema nacional de jubilaciones y pensiones, con autonomía funcional y administrativa en el ejercicio de sus funciones.