El Poder Ejecutivo decretó el reajuste a G. 2.680.373 del salario mínimo legal vigente; una suba del 5,1% expresado en un aumento de G. 130.066. Así, el jornal mínimo queda en G. 103.091.
Además del reajuste del salario mínimo, que alcanza a unos 400.000 trabajadores, este monto también ajusta el salario mínimo para actividades específicas, como transportistas, el sector agrícola y ganadero.
El reajuste fue dado a conocer tras la publicación del decreto 9.584/23 y entrará en vigencia a partir del 1 de julio.
El cálculo es realizado de forma anual sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), la medición de la inflación realizada mes a mes por el Banco Central del Paraguay.
Los reajustes son propuestas en el mes de junio de cada año por el Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), conforme al Artículo 255 del Código del Trabajo.