
La fiscal Cinthia Leiva he’i que lastimosamente no puede imputar al arriero alhaja que le dio un patadón en el rostro a un mitã’i de 7 años, vendedor de caramelos. La agresión, ndaje, constituye un delito de acción penal privada y la Fiscalía no puede investigar eso, porque el Código Penal mba’embo no le permite. En contrapartida, la representante pública procesó a la mamá del pequeño, aipo por violación del deber del cuidado.
El agresor está identificado como Alejandro Nicolás Areco Ramírez. Este tipo como mínimo es un cachafaz, cobarde y poco hombre, quien merece un soberano burro arranque para aprender que a un niño no se le golpea, mucho menos como lo hizo, aplicándole una patada en la cara.
Para mala suerte de este arruinado, la acción quedó registrada en la filmación del circuito cerrado del edificio, ha ojekuaa el mba’evai. Ahora, la ciudadanía entera sabe qué clase de carruaje es este Alejandro Nicolás.
Lastimosamente nuestra ley es muy benigna, de lo contrario el personaje ya estaría a esta hora tras los fríos barrotes de alguna prisión maloliente. La fiscal Cinthia Leiva omombe’u que vicheó detenidamente el Código Penal, pero ndotopái la manera de imputar al golpeador. Dijo que en todo caso, los familiares del niño deben presentar una querella en el ámbito judicial contra el ñembo karateca.
El repudiable hecho oiko kuri pe 22 de febrero pasado, un pasillo de la galería Jebai Center, en el microcentro de Ciudad del Este. Upéro, el mitã’i vendedor de caramelos habría hecho o dicho algo que no le gustó a Areco Ramírez, quien reaccionó violentamente y le prendió la patada voladora al pequeño.
El hecho llegó a la Fiscalía a raíz de una denuncia que presentó la directora de la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CODENI) de Ciudad del Este, abogada Cela Cabañas, quien intervino en el caso.
Pero la misma denunció a la mamá del niño, una doña identificada solamente por sus iniciales J.A.V., ya que contra el arriero tavyron solo se puede presentar querella.
La fiscal Cinthia Leiva consideró que existen elementos de sospecha contra la kuñakari y le enzoquetó la imputación por violación del deber del cuidado, sobre todo porque la misma ya había sido advertida para que no le haga más laburar a su hijo por la calle.
La repre de la ciudadanía pidió la aplicación de medidas alternativas para la doña, quien quedó a cargo del Juzgado, que seguramente le impondrá una serie de reglas de conducta mba’embo.