TIEMPO EN ALTO PARANÁ

El comercio de frontera no depende del mercado interno, aseguran empresarios

 

El comercio de Ciudad del Este debe asegurar su competitividad para seguir existiendo.

El comercio de frontera no depende del mercado nacional, vive del turismo de compra, principalmente de los brasileños. Los comerciantes locales sostienen que la pandemia del Covid-19 demostró con creces esa realidad. Tras casi ocho meses de cierre de frontera, cientos de comercios tuvieron que cerrar sus puertas, generando un ejército de desocupados en Ciudad del Este, Pedro Juan Caballero y Salto del Guairá. En números, el mercado interno solo representa el 3% de las ventas, lo que ni siquiera da para pagar la luz, aseguran.

Uno de los cuestionamientos de la Unión Industrial Paraguaya (UIP) al proyecto de ley que impulsa por la Cámara de Comercio y Servicios de Ciudad del Este y la Cámara de Importadores del Paraguay y que busca regular el régimen de turismo comercial fronterizo, es que el mercado interno termine siendo “inundado” con productos ingresados al país bajo este régimen.

Pero los comerciantes de la región de frontera señalan que el actual Régimen de Turismo no es más seguro y el mercado interno no está inundado, por una cuestión de demanda. Toda la estructura del comercio de frontera está diseñada para responder a la demanda del mercado externo y no interno.

El consumo interno no significa más de 3% de las ventas anuales y con eso no da para cubrir ni siquiera los costos de alquiler y servicios básicos, como luz, agua y recolección de basura. Esta situación quedó demostrada durante el cierre de frontera en el 2020. Ante este escenario, consideran, infundados la preocupación de la UIP. Eso sin contar que el mecanismo de control en el proyecto de ley asegura trazabilidad de las mercaderías desde el momento que se compra, ingresa y sale del país.

El doctor Oscar Manuel Airaldi Roux, asesor de la Cámara de Comercio y Servicio y proyectista del proyecto de ley, actualmente en estudio en la Cámara de Senadores, resaltó que iniciativa busca regular el régimen de turismo comercial fronterizo. Sostuvo que solo podrán operar empresas habilitadas y cuyo destino exclusivo sea la comercialización a personas no residentes en el país.

DESTINO

Mencionó que las mercaderías no podrán tener otro destino que no sea su comercialización a distribuidores habilitados o personas no residentes en el país. Acotó que esta modalidad operativa otorga al comercio fronterizo paraguayo condiciones de competitividad de cara a las tiendas francas brasileras.

“Otorga competitividad al comercio de frontera dándole una solución definitiva a la dependencia del Paraguay con la asimetría de aranceles establecida a nivel de MERCOSUR. No puede proyectarse un desarrollo de ciudades fronterizas basadas en el comercio bilateral sin un marco legal permanente que ya no pueda ser modificado o afectado”, acotó Airaldi.

Además, otorga un estatus exclusivo al turismo comercial fronterizo, donde solo se comercializa a no residentes en el país, situación que no perjudica al mercado nacional, por el contrario, genera recursos genuinos que son volcados al mercado interno a través de la fuerza laboral directa e indirecta que genera la actividad comercial en las fronteras.

RECAUDACIÓN

Igualmente, asegurará una mayor recaudación tributaria, ya que el modelo en cuestión propone certeza en la recaudación impositiva, en razón a que se pagan los impuestos al momento de la salida de las mercaderías del recinto aduanero para ser enviada a los depósitos aduaneros comerciales para venta al turismo.

“Asegurar una recaudación tributaria justa donde cada empresa paga los tributos que corresponda. En el caso de los productos importados para su consumo en territorio aduanero nacional, estos pagarán aranceles, IVA, ISC y renta, mientras que los que están destinado a personas no residentes en nuestro país, pagarán el Impuesto a la Renta Empresarial (IRE). Los impuestos como IVA, ISC o aranceles no son aplicables a productos cuyo destino sea el mercado de turismo extranjero”, remarcó el técnico.

También resuelve una anomalía normativa que se da con el actual Régimen de Turismo que mezcla conceptos que no son compatibles, como ser gravar con el IVA, aranceles aduaneros y el ISC a productos que serán comercializados a personas no residentes en nuestro país.

“Esta anomalía favorece la elusión, ya que los importadores que comercializan los productos importados tanto en el mercado nacional como por el régimen de turismo, ingresan sus mercaderías pagando los impuestos reducidos bajo el régimen de turismo, dejando de pagar los impuestos correspondientes a ser destinado al mercado nacional”, sentenció.

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