La Cámara de Comercio y Servicios de Ciudad del Este defiende el proyecto que regula el régimen de exportación fronteriza que impulsa, junto al Centro de Importadores del Paraguay, en la Cámara de Senadores. La propuesta está en estudio actualmente en cinco comisiones. Sostienen que la propuesta asegura formalidad, competitividad y trazabilidad del comercio de frontera.

El proyecto tiene por objetivo regular el Régimen de Turismo Comercial vigente en el país. Los comercios que operen bajo el régimen serán considerados depósitos aduaneros privados comerciales, para lo cual deben cumplir una serie de exigencia, como por ejemplo que los bienes importadores hayan sido trasladados desde el recito aduanero o zonas francas, que sean realizados por empresas habilitadas y cuyo destino final serán compradores no residentes.
Los que deseen operar bajo el régimen deben estar inscritos y habilitados como importadores por la administración tributaria y la Dirección Nacional de Aduanas. Igualmente, prevé la aplicación de la facturación electrónica y los locales de venta deberán ser habilitados para ese efecto.
Como tiene destino final consumidores no residentes, los bienes bajo este régimen no están sujetos a tributos internos. Es decir, no serán alcanzados por aranceles aduaneros, impuesto selectivo al consumo e impuesto al valor agregado, por encontrarse en estado suspensivo los mencionados tributos.
Las mercaderías en los comercios habilitados estarán en tránsito. Es decir, los bienes que ingresar a los comercios habilitados podrán permanecer allí hasta su efectiva comercialización. La Aduana determinará los requisitos y garantías que considere convenientes y adecuados para el tránsito de la mercadería desde el recinto aduanero hasta los depósitos aduaneros comerciales privados.
Otro punto señala que las autorizaciones para hacer uso de los derechos y obligaciones que brindará esta ley tienen carácter intransferible y revocable. Los sujetos de esta ley deberán facturar sus operaciones de ventas a través de un sistema de procesamiento electrónico de datos, proveídos por la Administración Tributaria. También deberán contabilizar las operaciones de ingreso, egreso, compras y ventas de los bienes afectados al régimen especial. También deberá llevar el stock de bienes en tiempo real a través de la Aduana.
Otro punto que establece el proyecto es que importadores y distribuidores habilitados deberán contar obligatoriamente con auditoría externa internacional, donde se deberá anualmente certificar la trazabilidad de las compras y ventas de las mercaderías sujetas al presente régimen.
ESCANEO
Al documentar las operaciones de ventas los comerciantes deben escanear el documento de la persona no residente en el país, nacionalidad y número de documento de identidad, que serán incorporados en la factura electrónica.
La administración tributaria establecerá las formalidades y requisitos adicionales con que deberán documentarse las operaciones que se realicen al amparo de este régimen, así como lo relacionado al contendido y alcance del control que se dará a las mercancías que serán puestas en los comercios para su venta.