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CONAJZAR advierte a dueños de máquinas tragamonedas que deben ajustarse a la ley

Una de los decomisos de las máquinas electrónicas de juegos en Ciudad del Este, llevada a cabo recientemente.

La Comisión Nacional de Juegos de Azar (CONAJZAR) emitió un comunicado dirigido a los gobiernos municipales, operadores y público en general, recordando la plena vigencia de la resolución n° 34/2020, por la cual se autoriza la nueva modalidad de explotación con intervención en la operación del juego de azar máquinas electrónicas tragamonedas en locales, cuya actividad comercial principal puede ser diferente a juegos de azar, en conformidad con el decreto 6206/99, aprobándose el proyecto de regularización presentado por la firma iCrop S.A.

Remarca que la Conajzar es una institución, con atribuciones a nivel nacional y el único ente regulador en materia de juegos de azar, por ende, la única institución encargada de la planificación, control y fiscalización de los juegos de azar.

La Comisión Nacional de Juegos de Azar advierte que toda explotación de máquinas electrónicas tragamonedas que no sea en locales habilitados o en los sitios señalados en la nueva modalidad autorizada a la firma iCrop S.A., por la presente resolución, será considerada explotación clandestina, pudiendo el organismo estatal ordenar la inmediata clausura del local en infracción, remitiendo los antecedentes al Ministerio Público. De hecho, días pasados ya se realizó una serie de intervenciones en Ciudad del Este, en donde fueron procesadas al menos siete personas por explotación clandestina de juegos de azar.

Facsímil del comunicado emitido por la Conajzar que recuerda la vigencia de la resolución 34/2020 relacionada a la explotación de máquinas tragamonedas.

A fin de evitar este tipo de inconvenientes la Conajzar, comunicado mediante, insta a los dueños de máquinas tragamonedas a censar, catastrar y registrar sus operaciones en la forma prevista por la resolución n° 34/2020, bajo apercibimiento de lo dispuesto en su artículo 20.

Actualmente, la empresa iCrop S.A. es la única facultada y habilitada vía contrato por la Conajzar, conforme a la ley 1016/97, resolución 34, para realizar el censo y catastro de las máquinas tragamonedas. Luego del catastro, los propietarios de los equipos deben efectuar el pago de un canon para regularizar la actividad. Los interesados en explotar las máquinas tragamonedas deben acercarse al local de la empresa iCrop, situado en Hernandarias, km 3,5 de la exsupercarretera, para regularizar su situación.

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