La Corte Suprema de Justicia rechazó “in-limine” el recurso de casación planteado por los abogados de dos procesados por violación de la Ley 1.340, absueltos en juicio oral y público por un tribunal de sentencia, presidido por el juez Herminio Montiel en diciembre de 2018. Los acusados, Abraham Galeano Villar y Jorge Rolando Aponte Rodríguez, recurrieron con recurso de casación a la máxima instancia judicial luego de que la sala penal de la Cámara de Apelaciones haya resuelto anular la sentencia absolutoria de primera instancia y ordenado la realización de nuevo contradictorio público.
La Corte rechazó todos los incidentes planteados por la defensa técnica de los procesados, según acuerdo y sentencia nº 216, dando la razón al fiscal Manuel Rojas, titular de la acción penal. Las partes ya fueron convocadas para el próximo 9 de abril, a las 08:00, para el inicio del segundo juicio oral y público. La Fiscalía no descarta que los procesados se hayan fugado o abandonado el país para evitar una condena durante el contradictorio, como ya existen precedentes en otros casos similares.
Los dos procesados son residentes de la ciudad de Encarnación y son funcionarios públicos. Galeano Villar y Aponte Rodríguez fueron privados de su libertad el 15 de julio de 2016 momento en que se disponían a una entrega de 1 kilo con 115 gramos de cocaína en el predio de la estación de servicios ubicada en el acceso al Paraná Country Club de Hernandarias. Los intervinientes se incautaron de la sustancia de referencia, G. 7.151.000, teléfonos celulares y documentos varios referentes a dos vehículos utilizados para la comisión del hecho punible que se investigaba.
La pericia de los teléfonos celulares arrojaron pruebas que en su momento fueron presentados al tribunal de sentencia, pero que no fueron valoradas al momento de resolver la absolución de culpa y pena de los encausados, quienes una vez más deberán afrontar juicio oral y público, conforme la disposición del acuerdo y sentencia de la Corte Suprema.
El nuevo tribunal será presidido por el juez Marino Méndez. Según las investigaciones del personal de la Senad, la droga tenía como destino final la zona de la triple frontera, donde el costo de la sustancia es elevado. El análisis de laboratorio realizado en carácter de anticipo jurisdiccional de pruebas por el perito forense Richard Méndez, dio positivo a cocaína y posterior a ello la droga fue incinerada por disposición jurisdiccional, según los antecedentes del caso.