Limitar atribuciones del JEM sería un grave retroceso
En varias oportunidades, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados JEM se hizo eco de publicaciones de nuestro diario y de otros medios de comunicación, para proceder a enjuiciar a determinados magistrados o agentes fiscales. Sin embargo, actualmente existe la intención de un sector del JEM de suprimir la facultad de iniciar investigaciones de oficio, es decir, sin necesidad de que alguien asuma la denuncia formal ante esa institución, como ser publicaciones basadas en investigaciones periodísticas u otros medios de expresión y denuncia ciudadana, como las redes sociales, declaraciones a través de las radioemisoras que muchas veces tienen gran contundencia, comunicados de entidades sociales y otras que ofrezcan indicios de verosimilitud. En una sociedad que se precie de honesta no debería escatimarse ningún medio que permita sanear las instituciones de sus miembros podridos.
Se trata a todas luces de un grave error, por varios motivos. En primer lugar, los órganos de control no deben tener obstáculos para el cumplimiento de sus fines, y, la exigencia de una denuncia es claramente un obstáculo. Las personas afectadas por las transadas que llevan adelante fiscales y jueces en connivencia con abogados, normalmente son la parte más débil. Sea porque no tienen influencia política o carecen de recursos para saciar las pretensiones de los funcionarios del sistema judicial corrupto.
Por ejemplo, no se sabe de investigaciones del Ministerio Público en las que se haya indagado el origen del patrimonio de los integrantes del mismo o del Poder Judicial, que exhiben impúdicamente mansiones, vehículos lujosos, viajes alrededor del mundo, lo que no cuadra con el salario que perciben como funcionarios.
Estas realidades muestran que los grandes hechos de corrupción salen a la luz en investigaciones periodísticas, que muchas veces obtienen información de personas que las entregan a los medios de comunicación, porque entienden que si lo hacen en la fiscalía pueden suceder dos cosas: que nunca avancen, o que terminen ellas mismas procesadas. Esto pasa de manera frecuente, porque el sistema corrupto tiene la manera de castigar a quien se atreve a meterse con sus negocios.
Eliminar la facultad de abrir investigaciones de oficio que tiene el JEM convertirá al mismo en una oficina casi sin capacidad de control, puesto que se limitará a iniciar casos que sean denunciados formalmente o remitidos por el Ministerio Público. Ninguna de las cosas ocurre normalmente por lo dicho antes, con lo cual, la esencia del sistema de control se perderá.
Lo importante en la lucha contra sistemas judiciales corruptos es que la noticia de los hechos pueda ser recibida por la mayor cantidad de canales posibles, no limitar el acceso a la justicia con exigencias formales. Esperar que el Ministerio Público formule denuncias contra integrantes de su gremio o del Poder Judicial, es prácticamente imposible.
No se conoce ningún caso de corrupción relevante que haya sido iniciado y concluido por la Fiscalía en años, al punto que los casos de lavado de dinero que involucran a personas vinculadas a la política paraguaya están por concluir en Brasil y Estados Unidos, sin que en nuestro país se haya avanzado en algo.
Mantener la atribución de abrir investigaciones de oficio no implica que ella pueda ser ejercida arbitrariamente para generar presión en casos judiciales. Pero impedir esta posibilidad atenta contra la búsqueda de la verdad, sobre la cual debe construirse el combate a la corrupción, tarea en la que necesariamente están involucrados todos los ciudadanos, y en la que la prensa cumple una tarea fundamental.
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